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Bullying en Salta: los padres que miran para otro lado pueden terminar con arresto o multa

La Ley 8.530, publicada el 4 de mayo de 2026, incorporó al Código Contravencional sanciones de hasta 30 días de arresto o multa para los adultos que, tras ser notificados, no colaboren para frenar el acoso escolar. El tema volvió a la agenda por un video viral de un viaje de egresados a Bariloche.

Un video viral en el que una joven contó cómo hostigaba a una compañera durante un viaje de egresados a Bariloche reabrió el debate sobre el bullying. El caso involucra a estudiantes de un colegio de Catamarca y derivó en investigaciones judiciales y en un sumario a la institución educativa.

Las imágenes dejaron planteada una pregunta que alcanza también a las familias salteñas: qué ocurre cuando los adultos conocen el acoso y no ayudan a detenerlo. En Salta, la Ley 8.530, publicada el 4 de mayo de 2026, incorporó esa responsabilidad al Código Contravencional.

La norma alcanza a padres, madres, tutores y representantes legales de menores que protagonicen hechos reiterados de acoso escolar. Para que haya una posible sanción, el adulto debe haber sido debidamente notificado por la autoridad competente y omitir las medidas requeridas o incumplir sin justificación los compromisos asumidos. La pena prevista es de hasta 30 días de arresto o multa.

Antes de llegar a la Justicia tiene que haber fracasado el abordaje institucional por falta de colaboración o incumplimiento injustificado del adulto. Las escuelas u organismos de protección deben presentar un informe que documente los hechos, las medidas adoptadas, las notificaciones y los incumplimientos. En caso de reincidencia, el juez puede duplicar la sanción y disponer talleres de parentalidad o tratamiento familiar interdisciplinario.

La responsabilidad de las familias se suma a las obligaciones de las instituciones educativas. El protocolo provincial exige intervenir sin demora ante la detección, el conocimiento o la presunción de acoso, y rige para establecimientos estatales y privados de la educación obligatoria. También contempla medidas de protección, confidencialidad y participación de las familias, y los casos más complejos requieren la intervención de equipos técnicos.

En el caso de Catamarca, el colegio sostuvo que actuó con responsabilidad, mientras que las autoridades educativas iniciaron un sumario para evaluar su actuación. Ese procedimiento sigue su curso y no equivale a una sanción firme.

Fuente: QPS

Foto: Verarex (CC BY-SA 4.0)